CONVENIO DE COLABORACION CON LA MUNICIPALIDAD DE LA PLATA PARA LA OBTENCION DEL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL EMPRESARIA
Entre la Municipalidad de la Plata, en adelante "La Municipalidad", con domicilio en calle 12 entre 51 y 53, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. Julio Cesar Alak, y cada uno de los siguientes Colegios Profesionales por la otra, en lo sucesivo "Los Colegios":Colegio de Ingenieros DistritoV, con domicilio en calle 50 N° 381, representado por su Presidente Ing. Julio Nadeo; Colegio de Veterinarios Distrito II, con domicilio en calle 47 N° 386, representado por su Presidente Dr. José m. Estévez, Colegio de Arquitectos Distrito I con domicilio en calle 10 N° 689 representado por su Secretario Arq. Raúl Alberto Barandiarán; Consejo Profesional de Química, con domicilio en calle 7 N° 514, representado por su Secretario Lic. Jorge Pablo Lozano y Consejo Profesional de Ciencias Naturales, con domicilio en calle 8 N° 835 3er Piso Oficina 1, representado por su Presidente Lic. Eduardo Perurena; todos pertenecientes a la ciudad de La Plata, acuerdan en celebrar el presente convenio de Colaboración para el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental de los establecimientos industriales de primera categoría, de conformidad a lo prescripto por las leyes 11.723 y 11459, sujeto a las siguientes cláusulas.
PRIMERA: Las partes acuerdan que la realización de los Informes Técnicos Ambientales serán efectuados por profesionales matriculados, según sus respectivas incumbencias, a fìn de garantizar una correcta evaluación ambiental de cada una de las industrias radicadas en el Partido de La Plata, clasificadas en la primera categoría.
SEGUNDA: El Instituto de Medio Ambiente de la " La Municipalidad", realizará la supervisión y control de las tareas asignadas a los profesionales, según lo acordado entre las partes en la cláusula primera.
TERCERA: "Los Colegios" unificarán el importe de los aranceles correspondientes a la realización de los Informes Técnicos Ambientales, los cuales tendrán carácter institucional en concepto de honorario mínimo, mediante la suscripción de un acta acuerdo que pasará a integrar el presente Convenio como Anexo I.
CUARTA: Los profesionales intervinientes percibirán sus honorarios de conformidad a lo establecido en el acta de acuerdo que obrará como Anexo I.
QUINTA: Las partes aclaran que el presente Convenio no excluye a los Colegios quc no lo suscriben, los que podrán adherir al mismo expresando tal voluntad mediante un acta suscripta al efecto por su Presidente y el señor Intendente Municipal.
SEXTA: Cualquiera de las partes intervinientes podrá rescindir unilateralmente el presente Convenio, comunicando dicha decisión en forma fehaciente a la otra, con una antelación dc noventa (90) días corridos.
En prueba de conformidad con las seis (6) cláusulas que anteceden las partes suscriben seis (6) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para la Municipalidad de La Plata y uno para cada Colegio en la ciudad de La Plata en la sede municipal. a los veinte días del mes de junio del 2001.
CONVENIO con Merck Química Argentina
El día 11 de enero del corriente el Dr. Eduardo Abel Jaruf, Presidente del Consejo Profesional de Química y los doctores Fernando Bértora y Alejandro Saccone, en representación de la firma Merck Química Argentina han firmado un convenio de colaboración mutua en beneficio de todos los matriculados de esa institución y de la empresa comercial, resulta innecesario resaltar la importancia que la empresa tiene a nivel internacional en temas relacionados con la química ya sea en la provisión de productos como de insumos para la realización de análisis químicos como para la fabricación de productos industriales, cosméticos, farmacéuticos, etc. -Por nombrar solo alguno de ellos-. Sus más de 350 años en el mercado y su cartera de productos con un listado que excede los 260.000 ítems comercializados -todos de altísima calidad- eximen de presentación.
Producto del mismo las entidades comprometen su voluntad de realizar tareas en conjunto como las que a continuación se detallan:
Merck Química Argentina proveerá los insumos que El Consejo Profesional de Química le solicite, para sus matriculados o laboratorios adheridos, en todos los casos, esos insumos serán aquellos que Merck produzca y/o comercialice para lo cual se agrega como anexo un listado de reactivos, instrumental, equipamientos, amoblamientos, entre otras cosas a proveer. Así mismo se compromete a dictar cursos de capacitación en materia de seguridad en el laboratorio. Se compromete también a prestar asesoramiento permanente con los adelantos que la misma disponga en materia de investigación, tecnología y recursos en el ámbito de todas las empresas representadas del grupo MERCK internacional y hacer lo propio con respecto a residuos peligrosos.
Así mismo se compromete a organizar en forma conjunta con el Consejo charlas, jornadas, seminarios, congresos y todo otro acto de difusión de la química. El Consejo prestarán colaboración a Merck Química Argentina en los casos en que la misma desee realizar algunos de los eventos listados anteriormente y en los cuales El Consejo puedan colaborar, tanto en auspicios, organización, gestión, difusión u otro tipo de colaboración a su alcance.
El Consejo Profesional de Química como contrapartida dará prioridad a Merck Química Argentina para el sponsoreo de charlas, jornadas, seminarios, congresos y cualquier otro encuentro científico de similar naturaleza que organice, pudiendo en conjunto ofrecer servicios para terceros de proyectos llave en mano, cursos arancelados y entrenamientos con diferentes orientaciones según las necesidades de las empresas requerientes con certificaciones que emitirán dichas partes.
Merck Química Argentina ofrecerá a los matriculados del Consejo la incorporación a su el sistema de pasantías para promoción y venta de sus productos, pudiendo así mismo hacer uso de la bolsa de trabajo establecida por el Consejo para la contratación de personal permanente.
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CONVENIO CON EL MINISTERIO DE SALUD BONAERENSE
Con motivo de la reciente firma y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del decreto reglamentario de la Ley de habilitación de laboratorios bromatológicos e industriales, el Ministerio de Salud de la Pcia. De Buenos Aires en la persona del Sr. Ministro Dr. Juan José Mussi ha firmado con nuestro Presidente el Dr. Eduardo Abel Jaruf en representación de nuestro Consejo Profesional un convenio, por el cual nuestra institución se compromete a colaborar con el Ministerio con el propósito de agilizar los trámites referidos a las habilitaciones de laboratorios bromatológicos, el convenio -como todo convenio marco de colaboración- tiene un espectro amplio que a medida que avancen las solicitudes -por parte de los propietarios de laboratorios- se ira puliendo y ordenando para optimizar las funciones que le competen a cada una de las partes.
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CONVENIO CON LA FUNDACION QUIMICA ARGENTINA
El día 6 de octubre de 1999 ha tenido lugar un evento anhelado y soñado por muchos químicos del país, preocupados por el crecimiento de esta disciplina y por el desarrollo de la camaradería de sus integrantes, nos referimos concretamente al nacimiento de la "FUNDACION QUIMICA ARGENTINA" |
CONVENIO BILATERAL SOBRE CERTIFICACION DE LA ESPECIALIDAD DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE PROFESIONALES Y TECNICOS EN HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Fue firmado entre la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y nuestro Consejo Profesional de Química. Nuestro Consejo se compromete a extender un certificado de especialidad a los colegiados habilitados para el ejercicio profesional en la materia de acuerdo al Decreto del PEN N° 491/97. Tambien será responsabilidad de nuestro Consejo observar y difundir las normas que deberán cumplir los profesionales/técnicos por él registrado, de acuerdo a la ética de la profesión química y el Códico de Etica N° 1099/84. También mantendrá actualizado el Registro de los Profesionales con especialidad en Higiene y Seguridad en el Trabajo.
ADDENDA AL CONVENIO BILATERAL Nº 005/99 BOBRE CERTIFICACIÒN DE LA ESPECIALIDD HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO, SUSCRIPTO EL 22 DE MARZO DE 1999, ENTRE LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Y EL CONSEJO PROFESIONAL DE QUÍMICA DE BUENOS AIRES.
De común acuerdo, las partes convienen modificar la redacción de la Cláusula Primera del convenio referenciado precedentemente, por lo que deberá entenderse que la misma ha quedado expresada en los siguientes términos:
PRIMERA: En los términos previstos en la Resolución SRT Nº 029/98, el Consejo se compromete a certificar la especialidad en Higiene y Seguridad en el Trabajo a los profesionales universitarios uy técnicos que cuenten con esa condición, de conformidad a lo que disponen el artículo 24 del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) Nº 491/97 y el artículo 13 del decreto del Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) nº 1338/96, según corresponda.
Esta certificación será necesaria en los siguientes casos:
- Para ejercer la dirección de los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo y de las Áreas de Prevención de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo, según lo establecido en el inciso a) del artículo 11 del Decreto Nº 1338/96 (texto reformado por el artículo 24 del Decreto Nº 491/97).
- Para ser integrantes de las Áreas de Prevención de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, cuando se trate de profesionales que cuenten con la especialidad en Higiene y Seguridad, según lo establecido en el inciso b) del artículo 11 del Decreto Nº 1338/96 (texto reformado por el artículo 24 del Decreto Nº 491/97).
- Para ser auxiliares de los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, según lo establecido en el artículo 13 del Decreto Nº 1338/96.
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de addenda de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y nueve.- |
CONVENIOS CON MUNICIPIOS
Se están firmando convenios con varios municipios bonaerense que tienen por objeto la colaboración mutua en áreas que correspondan a la ejecución de las metas de cada una de las partes, con el fin de llevar a cabo un intercambio recíproco de cooperación académica, técnica y científica dentro del área de Medio Ambiente, Industria y Seguridad e Higiene Industrial, se están llevando a cabo acciones conjuntas en beneficio de todos. |
CONVENIO AMBIENTAL del C.P.Q. con la Secretaría de Política Ambiental, el Colegio de Ingenieros y el Consejo Profesional de Ciencias Naturales bonaerenses
El 29 de setiembre de 1997 se firmó un convenio entre estos Consejos profesionales y la Secretaría de Política Ambiental de la Pcia. de Bs. As. referido a la colaboración técnico-profesional para el análisis de la documentación referida a las Evaluaciones de Impacto Ambiental de los establecimientos industriales instalados en el territorio de la Provincia de Bs. As., de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 11.459 y su Decreto Reglamentario Nº 1.741/96.
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CONVENIO CON INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR
El Consejo Profesional de Química ha firmado un Convenio con el Instituto Geográfico Militar mediante el cual toma a su cargo la promoción y venta, por encargo, de los productos cartográficos de dicho Instituto para los matriculados y usuarios en general.
Para mayores informaciones deberán dirigirse a nuestra casa matriz.
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CONVENIO MARCO DE COLABORACION Y COMPLEMENTACION CON LA UNIVERSIDAD DE MORON
Se desarrolla a través la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la Universidad de Morón y el C.P.Q. Los puntos destacados son:
* Actividades de postgrado: cursos, seminarios, ateneos, jornadas y otras actividades de interés para ambas instituciones, por ejemplo: se dicta actualmente en la casa matriz La Plata el 1er curso de postgrado en Higiene y Seguridad en el Trabajo para químicos e ingenieros
* Los resultados parciales o definitivos de aquellas trabajos que resulten susceptible de publicación podrán ser editados de común acuerdo.
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CONVENIO CON EL MINISTERIO DE SALUD
En relación al Convenio de cooperación institucional suscrito con el Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As. por la inspección para habilitación o verificación de funcionamiento de Laboratorios de Análisis Clínicos de propiedad o dirigidos por profesionales cuyas matriculas estén registradas en el Consejo Profesional de Química de la Pcia. de Bs. As., el Consejo Directivo resuelve:
1.- Crear una Comisión de Inspecciones de laboratorios de Análisis Clínicos, presidida por el Consejero Bacteriólogo Dr. José Garesi.
2.- Establecer la implementación de un registro por parte de los laboratorios, que tendrá carácter de Declaración Jurada, donde el profesional ingresará los números de protocolos de inicio y final de cada mes y además registrará todas las anormalidades que ocurran de carácter edilicio y de aparatología exigida por el Decreto 3280/90 en forma mensual, ocupando por mes un folio completo y cruzando con dos líneas rojas hasta el final del mismo. El inspector actuante tomará como válido todo lo expresado al momento de la inspección.
3.- Dicho registro estará compuesto por un libro de actas rubricado en todos sus folios por el Consejo Profesional de Química y tendrá un valor para el año 1997 de $ 50.
4.- El inspector se identificará con carnet emitido por este Consejo, siendo nominados para cumplir dicha función profesionales matriculados que no sean propietarios o directores técnicos de laboratorios de Análisis Clínicos.
El Profesional Inspector del C.P.Q. Bacteriólogo Dr. Jasé Garesi con resume su actuación en los últimos dos meses de inspecciones practicadas por este sistema delegado por el Ministerio de Salud bonaerense al C.P.Q.
Se practicaron 16 inspecciones por expediente, de las cuales 9 se encontraron laboratorios en condiciones de rehabilitarlos, 3 en refacciones edilicias, 2 se dieron de baja, 2 no coincidieron sus direcciones y planos.
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CONVENIO CON LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA BONAERENSE
Se encuentra en marcha el Convenio firmado con la Suprema Corte de Justicia Bonaerense para los Auxiliares de la Justicia que deseen trabajar como tales bajo el nuevo régimen de peritos. La capacitación que deberán tomar los peritos de todas las profesiones, que actúen en lo futuro en los estrados judiciales bonaerenses es obligatoria, es decir, imprescindible para continuar como tales
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CONVENIO CON EL COLEGIO DE ARQUITECTOS BONAERENSE
Habiendo firmado el año pasado un Convenio con el Colegio de Arquitectos de la Pcia. de Bs. As. a los efectos de posibilitar rápidamente a nuestros matriculados tomar el curso obligatorio para ser peritos según las incumbencias de grado, este año se retoman.
Los aspirantes a tomar dicho curso en cualquiera de las mencionadas direcciones deberán adjuntar un certificado de ética profesional que el Consejo Profesional de Química emitirá.
El personal administrativo del C.P.Q. ha recibido un curso de capacitación en el Régimen de Peritos según el Acuerdo 2728/96 de la S.C.J.P.B.A. con el propósito que conozcan su funcionamiento.
Nuestro Consejo emitirá el correspondiente Certificado al participante.
La mesa examinadora estará conformada por un representante del Poder Judicial, un docente, un representante del C.P.Q.
La inscripción esta abierta en todas Delegaciones del Colegio de Arquitectos. Los cursos se dictarán en 23 unidades temática y en simultáneo a partir del mes de abril.
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CONVENIO del C.P.Q. con C.A.L.I.B.A. y con A.L.A.C.
El Consejo Profesional de Químicaha firmado sendos Convenios, en términos casi similares, con (CALIBA) Cámara de Laboratorios Industriales, Bromatológicos, Ambientales y Afines y con ALAC Asociación de Laboratorios de Alta Complejidad, en los cuales las instituciones reconocen sus misiones y funciones y se comprometen a la mutua colaboración en la divulgación de sendos estatutos y normas. también en la comunicación recíproca de las sanciones, inhabilitaciones y cualquier otra medida disciplinaria de sus miembros integrantes.
La unificación de criterios en la aplicación de normas de calidad dentro de los laboratorios registrados tomando como base las Normas ISO serie 25 y a la unificación en la emisión de Protocolos de Análisis y las adecuaciones futuras en la materia. |
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